SITUACIONES CONCRETAS
1.- PADRE O MADRE CON PATRIA POTESTAD Y GUARDA Y CUSTODIA
2.- PADRE O MADRE CON PATRIA POTESTAD PERO SIN GUARDA Y CUSTODIA
¿Puede solicitar la incorporación en el Centro? SI(El Centro, salvo prueba en contrario, ha de considerar suficiente la solicitud suscrita por uno de los progenitores) SI (En caso de fehaciencia de la ruptura familiar, el Centro debe recabar la firma de ambos y, hasta entonces, no procederá a admitir al alumno)
¿Puede decidir el cese voluntario en el Centro? SI(El Centro, salvo prueba en contrario, ha de considerar suficiente la manifestación realizada por uno de los progenitores) SI (En caso de fehaciencia de la ruptura familiar, el Centro debe recabar la firma de ambos y, hasta entonces, no procederá a dar de baja al alumno)
¿Puede y debe recoger al alumno a la salida del Centro? SI(Salvo en los momentos que señale la resolución judicial o el convenio regulador a favor del padre o madre privado de la guarda y custodia del menor). NO(Salvo en los momentos que señale la resolución judicial o el convenio regulador)
¿Debe recibir comunicaciones sobre calificaciones, reuniones,?... SI SI (En el supuesto de que lo pida expresamente)
¿Puede solicitar entrevistas con el personal del Centro? SI SI
¿Debe autorizar las excursiones, salidas del Centro, actividades y servicios complementarios? SI NO(Salvo casos de notable importancia, como viajes al extranjero o que puedan afectar a su régimen de visitas)
¿Debe decidir sobre cuestiones de religión: participación en catequesis, recepción de sacramentos, ...? SI SI
¿Debe autorizar actuaciones sanitarias? SI NO(Salvo en casos de gravedad)
¿Puede participar en las elecciones al Consejo Escolar, como elector y elegible? SI SI
¿Debe abonar las cuotas o recibos? SI NO(Salvo que la resolución judicial o el convenio regulador dispongan que las abonará directamente al Centro)