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Día Internacional contra la violencia contra las mujeres.
Se entregan más de 100.00 firmas en Presidencia de Gobierno.
Amnistía Internacional ha entregado hoy en el Palacio de Moncloa, 103.900 firmas que piden al Presidente de Gobierno que se garantice el cumplimiento riguroso de las medidas de protección dictadas por tribunales para las mujeres víctimas de violencia de género y que se ofrezca a las víctimas rápida y adecuada reparación que las equipare con otras categorías de víctimas de delitos violentos.
Sólo en lo que va de año han muerto 59 mujeres, 6 de ellas con medidas de protección. Amnistía Internacional quiere dejar constancia de que el Proyecto de ley integral contra la violencia de género, actualmente en el Senado, sigue sin paliar la grave desprotección en la que se encuentran actualmente muchas supervivientes de la violencia y las familias de las familias de las asesinadas, incluso en los casos en los que falló la protección solicitada por las víctimas como fue el caso de Alicia Arístregui y Mar Herrero.
“Alicia Arístregui, residente en Villava, Navarra, fue apuñalada por su marido el 9 de abril de 2002. Tras numerosas denuncias por incumplimiento de la orden de alejamiento. Tanto ella como su familia habían denunciado en numerosas ocasiones que su marido había amenazado repetidas veces con matarla. La policía local de su localidad nunca fue informada de que existiera dicha orden de alejamiento”.
Ante la demanda de la familia, en julio del 2003, el Consejo General del Poder Judicial dictaminaba que los jueces no tienen obligación de garantizar la coordinación entre los distintos cuerpos de policía.
“Mar Herrero fue asesinada el 13 de octubre de 1999 en Madrid por su ex compañero, que había sido puesto en libertad condicional en contra de la opinión del psicólogo de la prisión donde cumplía condena por haber intentado matar a otra mujer de la que había sido pareja anteriormente. Mar Herrero había pedido protección y la fiscalía había solicitado la anulación de la libertad condicional, que fue denegada siete días antes del asesinato”.
En mayo del 2003, el Tribunal Supremo anuló una orden de indemnización a la familia de la víctima, y determinó que el Estado es sólo responsable en el caso de que el delito sea cometido por agentes estatales o con su conocimiento.
Para Amnistía Internacional es necesario que el Estado asuma su responsabilidad en cuanto a violencia y asesinatos y que como en el caso de otro tipo de víctimas de delitos violentos se garanticen las indemnizaciones a las mujeres o a sus familias cuando los agresores se declaran insolventes. Para María Naredo, responsable del área de mujeres de Amnistía Internacional, “las medidas de apoyo a las víctimas previstas en el Proyecto de Ley se enmarcan únicamente en el ámbito de Servicios Sociales, y no existe ninguna previsión en materia de reparación justa y adecuada en el ámbito de la tutela penal, tanto para las supervivientes como para las familias de las víctimas. Todo ello pese a que el derecho internacional de derechos humanos en materia de protección, contempla el derecho de todas las víctimas, y no sólo de aquellas con dificultades socioeconómicas, a recibir una reparación justa y adecuada debe comprender cuatro elementos fundamentales, la restitución de la víctima a la situación anterior a las agresiones sufridas, la indemnización, la rehabilitación y las garantías de no repetición asegurando una protección efectiva de todas las víctimas.
Otras lagunas de la ley integral
- Garantías de facto de los derechos previstos en la ley a todas las víctimas de violencia de género con independencia de su situación administrativa en España. Amnistía Internacional ha detectado obstáculos que están impidiendo a determinados colectivos de mujeres acceder a la información y a los recursos esenciales para cualquier víctima de violencia de género, en especial a las mujeres inmigrantes indocumentadas.
- Reconocimiento explícito a todas las víctimas del derecho a la asistencia del médico forense con la debida diligencia e inmediatez en todos los procesos penales, para facilitar una investigación eficaz en los casos de violencia en el ámbito familiar. Según los últimos datos del Observatorio sobre Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial, la intervención del médico forense en los procesos por violencia de género en el ámbito familiar es únicamente del 18%. Además, en el 64% de los casos, la no comparecencia se produce por la decisión del propio profesional de no intervenir.
- Previsión de que siempre que las víctimas o sus familiares lo soliciten o acrediten se aplique la Ley de Protección de Testigos y Peritos (Ley Orgánica 19/1994) durante todo el procedimiento judicial, sin necesidad de tener que encontrarse en ningún momento con el agresor.
Recomendaciones de la ONU a España sobre violencia contra las mujeres
Amnistía Internacional considera esencial adoptar como marco la definición de violencia contra las mujeres de Naciones Unidas, que no se limita al ámbito de la violencia en el ámbito familiar, único marco que se recoge en el Proyecto de Ley Integral. La organización de derechos humanos se hace eco de las conclusiones publicadas el pasado 26 de julio, por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (CEDAW), en las que se muestra la preocupación por el incremento del número de mujeres asesinadas a manos de su pareja, y se urge al Gobierno español a que supervise la efectividad de las medidas que se están tomando al respecto.
Para el Comité de la CEDAW es especialmente preocupante el incremento de la trata de mujeres.
AMNISTÍA INTERNACIONAL, 25 de noviembre de 2004
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